Por lo general sí, si vives en el estado donde está registrada la LLC y tienes una dirección física allí. Si vives en otro lugar, en general no puedes, y necesitas un agente ubicado en ese estado.
Las reglas vienen de la ley de cada estado. La de Florida es típica: la sección 605.0113 dice que el agente registrado debe ser una persona que resida en Florida y cuya dirección comercial sea la misma que la de la oficina registrada, o una entidad autorizada para actuar como tal. Delaware va un paso más allá y permite que la propia LLC sea su agente según la sección 18-104, pero igual exige una oficina registrada en Delaware. Ninguna de las dos opciones sirve para un dueño que vive en otro estado o en otro país.
Lo que la gente subestima es la disponibilidad. La sección 48.091 de Florida exige que la oficina registrada esté abierta como mínimo de 10 a.m. a 12 del mediodía y de 2 p.m. a 4 p.m. todos los días hábiles, salvo feriados oficiales, con alguien presente que pueda recibir notificaciones judiciales. Si eres tu propio agente, ese alguien eres tú, en esa dirección, en ese horario, mientras exista la empresa.
Que no te encuentren no detiene una demanda. Según la sección 48.062 de Florida, si no se logra notificar al agente registrado tras un intento de buena fe, la notificación puede hacerse a cualquier socio o gerente de la LLC, o a cualquier persona que figure en su último informe anual. El caso sigue adelante de todas formas. Lo único que cambia es si te llega a tiempo para responder.
Además, es información pública. La ley de Florida exige que el estado lleve un registro de cada agente registrado y cada oficina registrada, y que entregue esa información a quien la solicite. Si la oficina registrada es tu casa, tu dirección particular es pública, y aparece en las bases de datos comerciales que copian los registros del estado.
Entonces: si vives en el estado, trabajas desde una dirección fija con horario regular y no te importa que esa dirección sea pública, ser tu propio agente es legal y no cuesta nada. Si vives fuera del estado, viajas, trabajas desde casa o quieres que las notificaciones judiciales lleguen a alguien cuyo único trabajo es hacértelas llegar, eso es justamente lo que paga la tarifa anual de un agente registrado comercial.